!ORDEN DE CAPTURA PARA MADURO¡ POR ANTEJUICIO DE MERITO Y LAS PRUEBAS DE LUISA ORTEGA DIAZ

NoticiasVirales – 04/04/2018 – Se le pone el mundo color de hormiga a Maduro y en especial al Narco Régimen por la - ORDEN DE CAPTURA INTERNACIONAL - por antejuicio de mérito del TSJ/AN en el exilio

Debemos destacar que la Fiscal General de la República en el exilio, Luisa Ortega Díaz, cumplió una de sus promesas tras su huida del país, en 2017: “solicitar el enjuiciamiento del presidente Nicolás Maduro.” esta acusación fue hecha por la funcionaria durante la audiencia oral de este 3 de abril, desde el Congreso de Colombia, donde sesionó el TSJ en el exilio que fue designado por la Asamblea Nacional en julio del año pasado.

Cabe señalar que los constitucionalistas indicaron que esta paso dado es considerada como importante para la configuración del expediente contra el Jefe del Estado aspirante a la reelección. Pero creen que será vinculante según el poder político del Poder Judicial que funciona desde el exterior y si se logra el respaldo del Parlamento que lo designó.

El constitucionalista Gustavo Linares Benzo enfatizó “La decisión del TSJ en el exilio de admitir la acusación de la Fiscal General, Luisa Ortega Díaz, cuya legitimidad nadie duda, no es jueguito. El Gobierno debe estar en pánico. Cualquier país puede aceptar la decisión que asuma el tribunal y hacerla suya. Un expediente pesa más que el papel que lo contiene. Y con esto se va haciendo el papel y crece el cerco internacional hacia el presidente Nicolás Maduro”.

Debemos informar que el abogado señalo que aunque la acusación de Ortega Díaz se fundamenta en los presuntos hechos de corrupción en los que habría incurrido Maduro con la empresa brasileña Odebrecht, el mandatario “se pasó de la raya con la Constituyente. Añadió que en Venezuela “hay un Estado post jurídico” y sostuvo que pese a los cuestionamientos hacia Hugo Chávez, el fallecido comandante no fue sancionado.

Linares Benzo constitucionalista recordó que los gobiernos y los poderes públicos desde el exterior han sido implantados tradicionalmente por parte de los perseguidos. Sostuvo que el TSJ en el exilio es éticamente valido, en contraste con un Poder Judicial, presidido por el magistrado Maikel Moreno, “cuyos miembros no cuentan con credenciales y han funcionado como operadores políticos del Gobierno”.

Debemos resaltar que este antejuicio de mérito contra Maduro por el TSJ en el exilio profundiza el cerco judicial contra el mandatario

El exmagistrado y miembro del Bloque Constitucional, Juan Carlos Apitz, cree importante la investigación que se espera acuerden los magistrados perseguidos contra Maduro.

Señalo que “La política está repleta de símbolos. Esta actividad del TSJ en el exilio es parte de esos símbolos ante la ausencia de un tribunal imparcial y cuando los venezolanos no tienen esperanza de que haya justicia. Todos quieren ver a Maduro en el banquillo de los acusados y que rinda cuentas sobre la recepción de fondos de Odebrecht, cuando hasta el presidente de la empresa lo ha reconocido, y sobre su doble nacionalidad”, subrayó.

Explicó que una vez que los magistrados exiliados asuman una decisión, el dictamen debe ser aprobada por la Asamblea Nacional, que subrayó no está en desacato como ha dictaminado el Poder Judicial. Añadió que según la Constitución, si el Parlamento respalda el proceso, debe designarse a un sustituto presidencial que, de acuerdo con la Carta Magna, debería ser el presidente del Poder Legislativo.

Indicó el constitucionalista José Vicente Haro “Este paso es revelante desde el punto de vista jurídico e institucional. El TSJ en el exilio puede procesar la acusación de la fiscal General y determinar sí existen méritos o no para enjuiciar al Presidente. Pero para iniciar el enjuiciamiento de Maduro se requiere de la aprobación de la Asamblea Nacional, electa el 6 de diciembre de 2015, si no se hace de esta manera no tendrá validez”

También consideró que el Poder Legislativo no ha respaldado con contundencia institucional los dictámenes que, hasta ahora, ha asumido el TSJ en el exilio: “No se han hecho valer las decisiones del TSJ en el exilio relacionadas con violaciones de derechos humanos y sobre hechos que quebrantan el sistema democrático del país”.

Debemos tomar en cuenta que “De acuerdo con el artículo 110 de la Ley Orgánica del TSJ, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia debe declarar si hay o no mérito para el enjuiciamiento del Presidente y, en caso afirmativo, previa autorización de la Asamblea Nacional, aprobada con el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes de sus miembros, conocer de la causa hasta sentencia definitiva”

Legitimidad

El constitucionalista José Vicente Haro destacó que “no existen dudas” sobre la legitimidad de los magistrados del TSJ en exilio. Refirió que la designación de los 13 magistrados principales y los 21 suplentes fue hecha por la AN en respuesta a los magistrados exprés nombrados por el Poder Legislativo saliente en diciembre de 2015. Indicó que pese a la ausencia de algunos de esos magistrados principales que no están en el exterior, el TSJ puede incorporar a los suplentes.

En ausencia

También indico que Nicolás Maduro “Dictador” no asistió a la audiencia pública efectuada en Colombia, por lo que el TSJ en el exilio lo declaró en contumacia y acordó la fijación de un defensor público. La instancia tendrá 6 días para decidir si procede el enjuiciamiento.

“Nicolás Maduro estaría incurso en los delitos de corrupción y legitimación de capitales por caso de Odebrecht, porque toda la trama de corrupción se inicia a partir de un convenio marco firmado por Maduro”, aseguró la Fiscal Luisa Ortega Díaz. La funcionaria formuló la acusación en nombre del Estado. En nombre del Estado y aseveró que, en la investigación preliminar del Ministerio Público, “surgieron serios elementos que comprometen la responsabilidad de Maduro en corrupción y legitimidad de capitales”.



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Nota
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